Normativa legal para pilotar drones con fines lúdicos o deportivos.
   05/19/2015 12:37:40     Drones rc, Drones iniciación y RadioControl
Normativa legal para pilotar drones con fines lúdicos o deportivos.

Lo primero que hay que saber es que, legalmente, no es lo mismo pilotar un drone con fines lúdicos/deportivos que con fines comerciales.

Si nuestra intención es pilotar un drone con fines lúdicos / deportivos, tenemos que saber que legalmente no estamos pilotando un drone. Estamos pilotando un vehículo a radiocontrol.

Solamente será considerado drone si hacemos un uso comercial del vuelo que realicemos; propaganda aérea, venta de fotografías o venta del vídeo realizado.

En el caso que sea como hobby no estamos sujetos a la normativa legal para pilotar drones. Este hecho por eso, no significa que podamos pilotar nuestro vehículo a radiocontrol por y dónde queramos. Hay una normativa, menos exigente, pero la hay.

normativa para drones

Si somos conscientes de que AESA está trabajando para establecer también una normativa para regular el uso de drones como hobby, al igual que existe para pilotar aviones por radiocontrol o helicópteros.

Per a efectos prácticos a día de hoy debemos tener en cuenta la siguiente normativa de AESA para pilotar “drones” con fines lúdicos / deportivos:

  1. El aparato no puedo volar a una altitud superior a los 100 metros.
  2. El aparato no puede volar sobre núcleos urbanos.
  3. El aparato no puede volar sobre lugares habitados.

El incumplimiento de una de estas tres directrices puede suponer una sanción si el piloto del “drone” es denunciado.                    

Hay ayuntamientos, pero,  que tienen sus propia normativa para pilotar drones con fines lúdico / deportivos y es recomendable ponerse en contacto con ellos para evitar posibles sanciones.

Estas normativas están pensadas para evitar que el drone pueda herir a alguna persona en caso que se pierda el control. Ante un hecho así, el piloto, podría ser denunciado y de momento no existe ningún seguro de responsabilidad civil para este tipo de accidentes.

Por lo que respecta al vuelo en interiores, no hay ninguna normativa o regulación al respecto. Ante este hecho no pensemos que podemos grabar un partido de básquet  o fútbol sala de nuestro hijo o amigo dentro de un pabellón. Para ello debemos pedir permiso al propietario del pabellón.

De momento estas son las normativas para pilotar “drones” con fines lúdicos / deportivos, pero sabemos que estás normativas cambiarán con la nueva legislación y serán mucho más restrictivas que hasta ahora.

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1 Comments

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      Abejaruco

      Para quien le pueda interesar:

      El régimen jurídico internacional, europeo y español de las aeronaves no tripuladas o drones y su influencia en el mercado, la gestión y el derecho aeronáutico.

      Pedro Brufao Curiel

      Revista Aranzadi Doctrinal num. 6/2015.

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